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CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA FINANCIAR PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL Y DESARROLLO EXPERIMENTAL

14 January 2021

Hoy, 14 de enero de 2021, se ha publicado en el DOE la convocatoria de ayudas para financiar Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados por las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Objetivo

El objeto de este decreto es establecer las bases reguladoras que se de las ayudas para la financiación de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental realicen por las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Beneficiarios

Empresas que realicen proyectos de I+D en la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el Título II de esta orden se establecen las empresas que pueden concurrir a las ayudas, por cada una de las modalidades, según su tamaño.

Modalidades

  1. Proyectos de I+D realizados por una empresa que no sea de base tecnológica ni startup.
  2. Proyectos de I+D realizados por una agrupación de empresas con la prestación de servicios de I+D de al menos una universidad y/o centro de investigación público o privado.
  3. Proyectos de I+D realizados por Pymes de base tecnológica.
  4. Proyectos de I+D realizados por microempresas startup.

Proyectos subvencionables

  1. El proyecto deberá financiarse al menos en un 20 % por parte del beneficiario sin ningún tipo de ayuda pública.
  2. Los proyectos de inversión de las Modalidades I, II y III, deberán juzgarse técnica, económica y financieramente viable cuando superen el importe de 60.000,00 € de inversión subvencionable por empresa. Si el proyecto es de cuantía inferior o igual a 60.000,00 €, sólo será necesario juzgarlo técnicamente viable, cuando el proyecto sea de modalidad individual.
  3. Los proyectos se realizarán íntegramente en la Comunidad Autónoma de Extremadura y deberán estar alineados con la Estrategia de investigación e innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura - RIS3 Extremadura (http://www.ris3extremadura.es/ ).
  4. Los proyectos tendrán una duración máxima de 18 meses.
  5. El beneficiario podrá subcontratar como máximo el 80% del total de la inversión subvencionable en los proyectos de modalidades 1, 2 y 4 y del 50% para los proyectos de la modalidad 3.
  6. El epígrafe IAE de las empresas debe estar relacionado con el objeto del proyecto.

Cuantía de la ayuda

Modalidad 1. Proyectos de I+D realizados por una empresa que no sea de base tecnológica ni start up.

  1. Se puede solicitar una única solicitud por empresa y convocatoria.
  2. Se exigirá mínimo un titulado universitario dado de alta en los grupos de
  3. cotización 1 ó 2 en la Seguridad Social.
  4. El importe mínimo de la inversión proyectada para las PYMES será de 15.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) excluido, y el importe máximo de la inversión subvencionable de 350.000 euros, para PYMES y de 750.000 € para grandes empresas.

Modalidad 2. Ayudas para la financiación de proyectos de I+D realizados por una agrupación de empresas con la prestación de servicios de, al menos, una universidad y/o centro de investigación público o privado de I+D.

  1. Se presentará una única solicitud por agrupación y convocatoria, no pudiendo formar parte una empresa de más de una agrupación solicitante.
  2. Se exigirá mínimo un titulado universitario dado de alta en los grupos de cotización 1 o 2 en la Seguridad Social.
  3. Los proyectos deberán presentarse de manera colectiva por una agrupación como mínimo de 2 empresas y un máximo de 6, con la prestación de servicios de al menos una universidad y/o centro de investigación público o privado y por un importe mínimo del 10 % de la inversión subvencionable.
  4. No podrán participar en un mismo proyecto empresas vinculadas o asociadas entre sí.
  5. La cuantía mínima de la inversión proyectada será de 100.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) excluido, y el importe máximo de la inversión subvencionable de 750.000 euros, IVA excluido. Si en la agrupación participara una gran empresa la cuantía máxima de inversión subvencionable será de 1.000.000€, IVA excluido.
  6. En el caso de que el proyecto realizado por la agrupación de empresas implique colaboración efectiva entre las mismas, las intensidades de ayudas serán diferentes en función de la magnitud de la empresa y tipo de proyecto.

Modalidad 3. Ayudas para la financiación de proyectos de I+D realizados por empresas de base tecnológica

  1. Se puede solicitar una única solicitud por empresa y convocatoria.
  2. Se exigirá mínimo un titulado universitario dado de alta en los grupos de cotización 1 ó 2 en la Seguridad Social.
  3. El beneficiario podrá contar con la subcontratación de uno o varios centros de I+D para la realización del proyecto.
  4. El importe mínimo de la inversión proyectada será de 15.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) excluido, y el importe máximo de inversión subvencionable de 450.000 euros, IVA excluido.

Modalidad 4. Ayudas para la financiación de proyectos de I+D realizados por empresas STARTUP.

  1. Se puede solicitar una única solicitud por empresa y convocatoria.
  2. La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido para la realización del proyecto de I+D ideado por la empresa solicitante y el estudio de viabilidad del mismo.
  3. El importe máximo de la inversión subvencionable será de 85.000€.
  4. Intensidad ayuda:
    • Proyectos de investigación industrial: será del 70 % de los costes subvencionables del proyecto y 80% si los resultados se difunden ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
    • Proyectos de desarrollo experimental: será del 45 % de los costes subvencionables del proyecto y del 60 % si los resultados se difunden ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
    • Estudio de viabilidad asociado al proyecto de desarrollo experimental: 70 % de los costes subvencionables de dicho estudio.
  5. Para las empresas de esta modalidad que no dispongan en plantilla ni vayan a contratar personal investigador, será necesaria la subcontratación de una universidad y/o centro de investigación para la realización del proyecto.

Pago de la subvención

  • Primer pago: 70% tras resolución de aprobación.
  • Segundo pago: 30 % restante de la subvención y se abonará previa justificación por parte de la empresa sobre la finalización del proyecto.
  • La empresa beneficiaria queda exenta de presentar garantías por los importes anticipados de la ayuda.

 

Plazo de presentación de la solicitud: 30 días hábiles a partir del día siguiente a la convocatoria (25 de febrero de 2021)

 

Puede ampliar esta información consultado el archivo adjunto o contactando con nosotros.