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Boletín especial RedTecnoCtaex. Convocatoria Ayudas.

23 May 2012


El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, publica la convocatoria de ayudas a la competitividad de los sectores estratégicos industriales

Estas ayudas, quedan reguladas mediante la Orden IET/1074/2012, de 18 de mayo, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas correspondiente al año 2012 para la realización de actuaciones en el marco de la política pública para el fomento de la competitividad de los sectores estratégicos industriales para el período 2012-2015, en el ámbito de la industria manufacturera.

 

La finalidad de las ayudas convocadas es apoyar financieramente la ejecución de Planes de mejora de la competitividad en empresas industriales, facilitando la ejecución de inversiones y actuaciones punteras, que se anticipen a lo que van a ser los segmentos de mercado más competitivos en el futuro, a la vez que mejoran significativamente sus procesos de producción para favorecer su tecnificación, flexibilidad, eficiencia a lo largo de toda la cadena de valor, y a la vez, su sostenibilidad y eficiencia energética.

 

Características de la modalidad de ayuda a la financiación de los planes de mejora de la competitividad.

Las ayudas a la financiación de los planes de mejora de la competitividad se concederán, en virtud de esta convocatoria y de acuerdo con las limitaciones establecidas en el apartado noveno de la Orden ITC/2366/2011, de 30 de agosto, únicamente bajo la modalidad de préstamo.

Las características de los préstamos serán las siguientes:

  • Importe máximo del préstamo: El que resulte de la aplicación de los límites de intensidad de ayuda establecidos por Reglamento n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), siempre y cuando no superen la inversión financiable.
  • Plazo máximo de amortización: Diez años, con un plazo de máximo de carencia de dos años.
  • Tipo de interés de aplicación del 3,95 por ciento anual.
  • No se exigirán garantías para la concesión de estas ayudas.

 

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